Ir al contenido principal

TEMA 4 "Rendición de cuentas"

INTRODUCCIÓN
Rendir cuentas es una idea que puede parecer sencilla a primera vista. En realidad es un concepto que no sólo es teóricamente complejo, sino que su definición práctica y operación suponen la muy elaborada y fina articulación de un amplio conjunto de normas, actores, instituciones y procedimientos. Pedir que rindan cuentas es cosa fácil; diseñar y operar una política pública con ese propósito es mucho más difícil. Sabemos que rendir cuentas significa literalmente entregar o dar cuentas ante alguien, de ahí que rendir cuentas sea siempre una acción subsidiaria de una responsabilidad previa, que implica una relación transitiva y que atañe a la manera en que se dio cumplimiento a esa responsabilidad. La verdadera rendición de cuentas implica necesariamente un marco jurídico y político, es decir, un marco de responsabilidad que se desprende a la vez de obligaciones legales y públicas; del principio de legalidad y de un propósito democrático. 



¿RENDICIÓN DE CUENTAS?
La rendición de cuentas es un concepto que prácticamente está implícito en la definición de la democracia, ya que los ciudadanos tenemos ese derecho y, en esta sociedad democrática, los sujetos obligados deben de rendir cuentas acerca del manejo de los recursos.
Para que la rendición de cuentas cubra la gran necesidad de los mexicanos de saber la gestión de la cuenta pública, los servidores públicos deben de estar capacitados de forma apropiada, para que la rendición de cuentas que se merece el pueblo mexicano sea apropiada.
Es de suma importancia saber identificar la diferencia entre la transparencia y la rendición de cuentas, ya que la transparencia implica que los gobernantes hagan saber a los gobernados aquellas decisiones que se tomaron con respecto al gasto público, es decir, cuáles fueron los conceptos por los cuales se erogó a cuenta del erario público, la forma de pago, el uso que se le dio a dichos bienes o servicios, etc; la transparencia es sólo una parte de la rendición de cuentas.
Mientras que la rendición de cuentas es todo el mecanismo que busca cubrir la necesidad de los gobernados de saber cómo se manejan los recursos públicos, este mecanismo se conforma de muchos engranes, la transparencia, la participación ciudadana, etc.
No podemos hablar de la gestión pública sin mencionar alguno de estos conceptos, ya que tanto las instituciones como los servidores públicos están obligados a transparentar un sinfín de información a la que los ciudadanos tienen derecho al acceso.
Es importante que, como ciudadanos, ejerzamos ese derecho que está resguardado por la constitución, ya que el país ha tenido muchas etapas en las que hubo reformas, creaciones de leyes, de órganos garantes, cuya finalidad siempre ha sido asegurar nuestros derechos y exigir la rendición de cuentas por parte de las instituciones y nuestros servidores públicos.
No obstante, la democracia que se ha logrado a lo largo de los años, nos ofrece mecanismos no tan eficientes para que los gobernados ejerzamos aquellos derechos que nos brinden seguridad en materia de rendición de cuentas, resulta irónico, puesto que la responsabilidad de los gobernantes de rendir cuentas acerca del manejo de los recursos públicos sigue siendo muy cutre, muchos servidores públicos son indiferentes ante la gran necesidad de los mexicanos que han tratado de obtener esos derechos mediante la democracia, si los gobernantes mantienen esa postura, la necesidad de los gobernados se verá insatisfecha
Es necesario instaurar un mecanismo de rendición de cuentas que cubra las necesidades de los mexicanos, que nos asegure la transparencia por parte de las instituciones públicas, y que limite todo tipo de conducta que vaya en contra de la democracia y los derechos que tenemos los mexicanos en materia de rendición de cuentas, que reafirme la responsabilidad de los servidores públicos, que garantice una supervisión minuciosa y haga efectivas las sanciones a quienes tengan conductas indebidas, y que también obligue a la sociedad a involucrarse n este mecanismo de la rendición de cuentas.





CONCLUSIÓN.
La auténtica rendición de cuentas es algo más que la transparencia: es una tarea obligada y permanente, con actores claramente identificados que llevan a cabo la vigilancia, el control y la sanción sobre los contenidos sustantivos del ejercicio gubernamental, en todas sus facetas, en un entorno legal y democrático explícito y abierto, que identifica con claridad las obligaciones que cada servidor público debe cumplir. Asimismo, es también un ejercicio de información pública; un medio a través del cual los gobiernos informan al público de sus actividades, de los recursos que han ejercido y de los resultados que han obtenido. La rendición de cuentas en México está apenas en sus primeros momentos de formación. 

Las reformas constitucionales recién promulgadas obligan a completar la tarea legislativa y a buscar la implementación más rápida, coherente y viable de una política pública articulada con ese propósito. El cimiento constitucional recién concluido es ya un buen punto de arranque, pero las tareas legislativas pendientes y los desafíos organizacionales son muchos y muy variados. Incluyen a los tres poderes, a los tres ámbitos de gobierno y a todas las autoridades públicas. De modo que todavía estamos lejos, muy lejos, de rendir cuentas claras, objetivas, comparables, confiables y transparentes en México. 










FUENTES CONSULTADAS
  • Instituciones y servidores públicos responsables: Transparencia y rendición de cuentas en la gestión publica - Betzaida García.
  • ¿Qué es rendición de cuentas? - Andrea Schedler
  • Rrendición de cuentas y democracia. El caso de méxico- Luis Carlos Ugalde.


Comentarios

Entradas más populares de este blog

TEMA 1 "Generalidades de la Transparencia y Rendición de Cuentas"

1.1 A NTECEDENTES  MAPAS CONCEPTUALES 1.2 TRANSPARENCIA                                                           1.3 RENDICIÓN DE CUENTAS             1.4 ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA 1.5 MARCO LEGAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública  Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental 1.6  INSTITUCIONES Y ORGANISMOS RELACIONADOS CON EL TEMA DE TRANSPARENCIA, RENDICIÓN DE CUENTAS Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLI...

TEMA 2 "Transparencia y acceso a la información pública"

2.1 MARCO CONCEPTUAL DE LA TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA ·          LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Artículo 3. Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: I. Ajustes Razonables: Modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de los derechos humanos; II. Áreas: Instancias que cuentan o puedan contar con la información. Tratándose del sector público, serán aquellas que estén previstas en el reglamento interior, estatuto orgánico respectivo o equivalentes; III. Comisionado: Cada uno de los integrantes del Pleno del Instituto y de los Organismos garantes de los Estados y del Distrito Federal; IV. Comité de Transparencia: Instancia a la que hace referencia el artículo 43 d...

Tema 3: "Privacidad y Protección de Datos"

INTRODUCCIÓN. La privacidad de datos, también llamada privacidad de la información , es el aspecto de las tecnologías de la información que trata sobre la capacidad que una organización o individuo tiene para determinar qué datos en un sistema informático se pueden compartir con terceros. La protección de datos personales es un derecho que permite a las personas controlar la información que comparten con otros, así como el derecho para que dicha información sea usada de forma adecuada para permitir el ejercicio de otros derechos y evitar daños a su intimidad y privacidad. El artículo 16 constitucional reconoce a la protección de datos personales como una garantía individual. Los datos personales se refieren a toda aquella información relativa al individuo que lo identifica o lo hace identificable. Entre otras cosas, le dan identidad, lo describen, precisan su origen, edad, lugar de residencia, trayectoria académica, laboral o profesional. Además de ello, los datos personale...